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¿Protocolo de Madrid o solicitud directa en Corea? Por qué la solicitud directa suele ser la mejor opción

Una empresa extranjera dispone de dos vías para proteger una marca en Corea del Sur:

1. Designar Corea en una solicitud internacional conforme al Protocolo de Madrid (presentada a través de la oficina de marcas de su país y la OMPI), o 2. Presentar una solicitud nacional directamente ante el Ministerio de Propiedad Intelectual de Corea (MOIP) por medio de un agente de la propiedad industrial coreano.

Una vez registrada la marca, ambas vías otorgan la misma protección. Pero para la mayoría de las marcas a las que les importa el mercado coreano, presentar la solicitud directamente en Corea es la mejor opción. Le explicamos por qué.

Ventajas de presentar la solicitud directamente en Corea

1. Descripciones de productos redactadas conforme a la práctica coreana: menos objeciones. El MOIP exige productos y servicios concretos, y las descripciones poco claras o demasiado amplias son el motivo más habitual de las notificaciones de objeciones en Corea. Una redacción aceptada por la oficina de su país o por la OMPI suele ser objetada aquí. En una solicitud directa, la descripción se prepara desde el primer día conforme a la práctica coreana, de modo que muchas objeciones ni siquiera llegan a plantearse.

2. Independencia respecto de la marca de su país. Durante los primeros 5 años, el registro internacional depende de la solicitud o el registro de base en su país. Si en ese periodo la marca de base es denegada, limitada o cancelada, la designación de Corea decae con ella ("ataque central"). Un registro nacional coreano se sostiene por sí mismo.

3. Un certificado de registro coreano. La solicitud directa le proporciona un certificado de registro coreano, que las plataformas de comercio electrónico coreanas, las aduanas, los distribuidores y los socios comerciales reconocen sin dificultad cuando usted hace valer sus derechos.

4. Comunicación más rápida y mayor control. Usted trata directamente con su abogado coreano y con el MOIP, en lugar de hacerlo a través de la oficina de su país y de la OMPI. Las notificaciones le llegan antes, y las contestaciones las prepara alguien que se ocupa a diario del examen de marcas en Corea.

5. Un coste total previsible. Una designación por la vía de Madrid puede parecer más barata en el momento de la solicitud, porque no hay honorarios de un abogado local. Pero cuando el MOIP emite una denegación provisional —algo habitual con descripciones amplias—, de todos modos hay que designar a un abogado coreano para contestarla. El coste total y los plazos suelen acabar siendo similares a los de una solicitud directa, o incluso superiores. Con nosotros, una solicitud directa en una sola clase cuesta USD 382 con las tasas oficiales incluidas, y USD 742.12 en total si la marca llega al registro sin notificación de objeciones. Consulte nuestros honorarios fijos.

Cuándo puede seguir teniendo sentido la vía de Madrid

La vía de Madrid puede resultar práctica si protege la misma marca en muchos países a la vez y Corea es para usted un mercado secundario. Aun así, conviene revisar la descripción de productos para Corea antes de presentar la solicitud. Si ya tiene una designación por la vía de Madrid que ha recibido una denegación en Corea, podemos contestarla.

Nuestra recomendación

Si Corea es importante para su negocio, presente la solicitud directamente en Corea, preferiblemente antes de lanzar allí su marca.

¿Necesita ayuda?

Escriba a help@dusonlaw.com indicando su marca y sus productos/servicios. Normalmente podemos presentar la solicitud en un plazo de 2 a 3 días hábiles desde la recepción del poder firmado y del pago.

Esta guía ofrece información general y no constituye asesoramiento jurídico.